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Ciudades y terrenos para los levitas
1 Jehová habló a Moisés en las llanuras de Moab, junto al Jordán, frente a Jericó, y le dijo: 2 «Ordena a los hijos de Israel que den a los levitas, de la propiedad de su herencia, ciudades donde vivir. Darán también a los levitas los pastizales que rodean las ciudades. 3 Las ciudades les servirán para vivir, y sus pastizales serán para sus animales, para sus rebaños y para todo su ganado. 4 Los pastizales de las ciudades que darán a los levitas se extenderán unos cuatrocientos sesenta metros desde la muralla de la ciudad hacia afuera, alrededor de ella. 5 Medirán fuera de la ciudad unos novecientos veinte metros por el lado oriental, unos novecientos veinte metros por el lado sur, unos novecientos veinte metros por el lado occidental y unos novecientos veinte metros por el lado norte, con la ciudad en medio. Estos serán para ellos los pastizales de las ciudades. 6 Entre las ciudades que darán a los levitas estarán las seis ciudades de refugio que destinarán para que el homicida huya allí; además de ellas darán cuarenta y dos ciudades. 7 Todas las ciudades que darán a los levitas serán cuarenta y ocho ciudades, con sus pastizales. 8 En cuanto a las ciudades que darán de la propiedad de los hijos de Israel, del que tenga mucho tomarán más, y del que tenga poco tomarán menos. Cada uno dará de sus ciudades a los levitas conforme a la herencia que reciba».
Ciudades de refugio
Texto relacionado: Deuteronomio 19:1–13.
9 Jehová habló a Moisés y le dijo: 10 «Habla a los hijos de Israel y diles: Cuando crucen el Jordán hacia la tierra de Canaán, 11 designarán para ustedes ciudades; serán para ustedes ciudades de refugio, adonde huirá el homicida que mate a alguien sin intención. 12 Estas ciudades les servirán de refugio contra el vengador, y el homicida no morirá hasta que se presente ante la comunidad para ser juzgado. 13 De las ciudades que darán, seis ciudades serán para ustedes ciudades de refugio. 14 Destinarán tres ciudades a este lado del Jordán y tres ciudades en la tierra de Canaán; serán ciudades de refugio. 15 Estas seis ciudades serán de refugio para los hijos de Israel, para el extranjero y para el que resida entre ellos, adonde huya cualquiera que mate a una persona sin intención.
Cómo distinguir el asesinato de una muerte involuntaria
16 Si lo golpea con un objeto de hierro y este muere, es un homicida; sin falta se dará muerte al homicida. 17 Si lo golpea con una piedra que lleva en la mano y que puede causar la muerte, y este muere, es un homicida; sin falta se dará muerte al homicida. 18 O si lo golpea con un objeto de madera que lleva en la mano y que puede causar la muerte, y este muere, es un homicida; sin falta se dará muerte al homicida. 19 El vengador de la sangre será quien dé muerte al homicida; cuando lo encuentre, él le dará muerte. 20 Si lo empuja por odio o le arroja algo con premeditación y este muere, 21 o si por enemistad lo golpea con la mano y este muere, sin falta se dará muerte al que lo golpeó; es un homicida. El vengador de la sangre dará muerte al homicida cuando lo encuentre. 22 Pero si lo empuja de repente, sin enemistad, o le arroja cualquier objeto sin premeditación, 23 o si, sin verlo, deja caer sobre él cualquier piedra capaz de matarlo y le causa la muerte, sin ser su enemigo ni buscar su mal, 24 la comunidad juzgará entre el que causó la muerte y el vengador de la sangre conforme a estas normas.
La protección y sus condiciones
25 La comunidad librará al homicida de manos del vengador de la sangre, y la comunidad lo hará volver a la ciudad de refugio a la que había huido. Habitará en ella hasta la muerte del sumo sacerdote que fue ungido con el aceite santo. 26 Pero si el homicida llega a salir de los límites de la ciudad de refugio a la que huyó, 27 y el vengador de la sangre lo encuentra fuera de los límites de su ciudad de refugio, y el vengador de la sangre mata al homicida, no tendrá culpa de sangre. 28 Pues debe habitar en su ciudad de refugio hasta la muerte del sumo sacerdote; después de la muerte del sumo sacerdote, el homicida podrá volver a la tierra de su propiedad. 29 Estas disposiciones serán para ustedes un estatuto de justicia por sus generaciones, en todos los lugares donde habiten.
Testigos, rescate y respeto por la vida
30 Si alguien mata a una persona, se dará muerte al homicida por declaración de testigos; pero un solo testigo no declarará contra una persona para condenarla a muerte. 31 No aceptarán rescate por la vida de un homicida que es culpable y merece la muerte; sin falta se le dará muerte. 32 Tampoco aceptarán rescate para que el que ha huido a su ciudad de refugio vuelva a vivir en la tierra antes de la muerte del sacerdote. 33 No contaminarán la tierra en la que están, porque la sangre contamina la tierra; por la sangre derramada en ella no se puede hacer expiación por la tierra sino con la sangre de quien la derramó. 34 No harán impura la tierra donde habitan, en medio de la cual yo habito, porque yo, Jehová, habito en medio de los hijos de Israel».