24
CUANDO alguno tomare esposa y se casare con ella, si no le agradare por haber hallado en ella alguna cosa torpe, le escribirá carta de divorcio, y se la entregará en su mano, y despedirála de su casa.
Y salida de su casa, podrá ir y casarse con otro hombre.
Y si la aborreciere este últi­mo, y le escribiere carta de divor­cio, y se la entregare en su mano, y la despidiere de su casa; o si muriere el postrer hombre que la tomó para sí por esposa,
No podrá su primer marido, que la despidió, volverla a tomar para que sea su esposa, después que fue amancillada; porque es abominación delante del SEÑOR, y no has de pervertir la tierra que el SEÑOR tu Dios te da por heredad.
Cuando tomare alguno esposa nueva, no saldrá a la guerra, ni en ninguna cosa se le ocupará; libre estará en su casa por un año, para alegrar a su esposa que tomó.
No tomarás en prenda la muela de molino, ni la de abajo ni la de arriba: porque sería prendar la vida.
Cuando fuere hallado alguno que haya hurtado persona de sus hermanos los hijos de Israel, y hubiere mercadeado con ella, o la hubiere vendido, el tal ladrón morirá, y quitarás el mal de en medio de ti.
Guárdate de llaga de lepra, observando diligentemente, y haciendo según todo lo que os enseñaren los sacerdotes levitas: cuidaréis de hacer como les he mandado.
Acuérdate de lo que hizo el SEÑOR tu Dios a Miriam en el camino, después que salisteis de Egipto.
10 Cuando dieres a tu prójimo alguna cosa emprestada, no entrarás en su casa para tomarle prenda:
11 Fuera estarás, y el hombre a quien prestaste, te sacará afuera la prenda.
12 Y si fuere hombre pobre, no duermas con su prenda:
13 Precisamente le devolverás la prenda cuando el sol se ponga, para que duerma en su ropa, y te bendiga: y te será justicia delante del SEÑOR tu Dios.
14 No hagas agravio al jornalero pobre y menesteroso, así de tus hermanos como de tus extranje­ros que están en tu tierra en tus ciudades:
15 En su día le darás su jornal, y no se pondrá el sol sin dárselo: pues es pobre, y con él sustenta su vida: porque no clame contra ti al SEÑOR, y sea en ti pecado.
16 Los padres no morirán por los hijos, ni los hijos por los padres; cada uno morirá por su pecado.
17 No torcerás el derecho del peregrino y del huérfano; ni tomarás por prenda la ropa de la viuda:
18 Mas acuérdate que fuiste sier­vo en Egipto, y de allí te rescató el SEÑOR tu Dios: por tanto, yo te mando que hagas esto.
19 Cuando segares tu mies en tu campo, y olvidares alguna gavi­lla en el campo, no volverás a tomarla: para el extranjero, para el huérfano, y para la viuda será; porque te bendiga el SEÑOR tu Dios en toda obra de tus manos.
20 Cuando sacudieres tus olivas, no recorrerás las ramas tras ti: para el extranjero, para el huérfa­no, y para la viuda será.
21 Cuando vendimiares tu viña, no rebuscarás tras ti: para el extranjero, para el huérfano, y para la viuda será.
22 Y acuérdate que fuiste siervo en tierra de Egipto: por tanto, yo te mando que hagas esto.