24
1 Cuando alguno toma una mujer y se casa con ella, si sucede que no le es agradable
1 porque ha encontrado algo reprochable en ella
A, y le escribe certificado de divorcio,
lo pone en su mano y la despide de su casa
B,
2 y ella sale de su casa y llega a ser
mujer de otro hombre;
3 si el segundo marido la aborrece y le escribe certificado de divorcio,
lo pone en su mano y la despide de su casa, o si muere este último marido que la tomó para ser su mujer,
4 al primer marido que la despidió no le es permitido tomarla nuevamente como mujer, porque ha sido menospreciada
1; pues eso es abominación ante el
SeñorA. No traerás pecado sobre la tierra que el
Señor tu Dios te da por heredad.
5 Cuando un hombre es recién casado
1, no saldrá con el ejército, ni se le impondrá ningún deber; quedará libre en su casa
A por un año para hacer feliz a la mujer que ha tomado
B.
6 Ninguno tomará en prenda el molino de mano ni la muela del molino, porque sería tomar en prenda la vida del hombre.
7 Si se encuentra a un hombre que haya secuestrado
1 a alguno de sus hermanos
2 de los hijos de Israel, y lo haya tratado con violencia, o lo haya vendido, entonces ese ladrón morirá
A; así quitarás el mal de en medio de ti.
8 Cuídate de una infección
1 de lepra, para que observes diligentemente y hagas conforme a todo lo que los sacerdotes levitas os enseñen; como les he ordenado, así cuidaréis de hacer
A.
9 Recuerda lo que el
Señor tu Dios hizo a Miriam en el camino, cuando salíais de Egipto
A.
10 Cuando prestes cualquier cosa
1 a tu prójimo, no entrarás en su casa para tomar su prenda
A;
11 te quedarás afuera, y el hombre a quien hiciste el préstamo te traerá la prenda.
12 Y si es un hombre pobre, no te acostarás
reteniendo aún su prenda;
13 sin falta le devolverás la prenda al ponerse el sol
A, para que se acueste con su ropa, y te bendiga; y te será justicia delante del
Señor tu Dios
B.
14 No oprimirás al jornalero pobre y necesitado, ya sea uno de tus conciudadanos
1A o uno de los extranjeros
2 que habita en tu tierra y en tus ciudades
3.
15 En su día le darás su jornal antes de la puesta del sol
1A, porque es pobre y ha puesto su corazón
2 en él; para que él no clame contra ti al
Señor, y llegue a ser pecado en ti
B.
16 Los padres no morirán por
1 sus hijos, ni los hijos morirán por
1 sus padres; cada uno morirá por su propio pecado
A.
17 No pervertirás la justicia
A debida al
1 forastero
B ni al
1 huérfano, ni tomarás en prenda la ropa de la viuda
C,
18 sino que recordarás que fuiste esclavo en Egipto y que el
Señor tu Dios te rescató de allí; por tanto, yo te mando que hagas esto.
19 Cuando siegues tu mies en tu campo y olvides alguna gavilla en el campo, no regresarás a recogerla; será para el forastero, para el huérfano y para la viuda
A, para que el
Señor tu Dios te bendiga en toda obra de tus manos
B.
20 Cuando sacudas
1 tus olivos, no recorrerás las ramas que hayas dejado tras de ti
A, serán para el forastero, para el huérfano y para la viuda
B.
21 Cuando vendimies tu viña, no la repasarás
1; será para el forastero, para el huérfano y para la viuda.
22 Recordarás que tú fuiste esclavo en la tierra de Egipto; por tanto, yo te mando que hagas esto.